Autora: Macarena Lobos
Fuente: La Segunda
El Ejecutivo anunció que enviará al Congreso un proyecto de ley para extender el subsidio post natal. Como ya es tradicional por parte de este gobierno, sólo se dieron a conocer conceptos generales y no su contenido completo, lo que dificulta evaluarlo desde una perspectiva técnica y fiscalizar si cumple con lo comprometido.
No está claro cuál es el bien jurídico protegido. ¿Se busca una mayor permanencia de los padres con el niño o se busca que las mujeres compatibilicen sus responsabilidades laborales y familiares?
No se debe perder de vista que el foco principal es proteger el desarrollo infantil, garantizando no crear discriminaciones arbitrarias entre los beneficiarios. Además, se debe reconocer la corresponsabilidad de ambos padres en la crianza de los hijos, minimizar el impacto negativo en la participación laboral femenina y velar por la eficiente interacción de este beneficio con otros subsidios de maternidad existentes.
Pero de lo conocido hasta ahora, surgen básicamente más dudas e interrogantes que certezas.
En primer lugar, no está claro cuál es el bien jurídico protegido. ¿Se busca una mayor permanencia de los padres con el niño para potenciar su desarrollo? ¿O se busca que las mujeres tengan herramientas para compatibilizar sus responsabilidades laborales y familiares? Si es lo primero, no se entiende que para ciertos niños se garantice más tiempo con sus padres que para otros, puesto que a algunos se les permite volver antes a trabajar. Si es lo segundo, no se entiende que sólo a algunas mujeres, las de mayores ingresos, se les permitan jornadas de trabajo flexibles. Cualquiera sea el caso, lo consecuente es que la regulación sea la misma, independiente de los niveles de ingreso de la mujer.
Una segunda interrogante se refiere al tope del subsidio de 30 UF mensuales. ¿Por qué ese y no otro? Esto debiera ser materia de discusión. Además, para efectos de la focalización, considerar sólo el ingreso de la mujer es un parámetro imperfecto, ya que no considera otros ingresos del hogar ni la cantidad de integrantes del mismo.
En el anuncio tampoco se constata una mirada integral sobre el conjunto de materias interrelacionadas en este ámbito, por lo que urge complementarlo con: a) garantía de acceso a sala cuna a través de una modalidad subsidiada por el Estado en reemplazo del modelo actual (obligación de las empresas con 20 o más trabajadoras de contar con sala cuna o pagar su costo); b) subsidios para fomentar el empleo femenino, compensando los posibles efectos negativos que pueda generar un post natal extendido; c) mecanismos de fiscalización para evitar el abuso de licencias médicas; d) fortalecimiento institucional que garantice una entrega expedita de los beneficios.
El anuncio no indica cómo ni en qué condiciones se regulará la ampliación de este beneficio. Es sabido que el diseño actual excluye a muchas trabajadoras vulnerables, como lo son las de empleos a plazo fijo, por obra y faena, las de empleos informales o las dueñas de casa. El aumento de los beneficios para quienes ya son elegibles, sin ampliarlo hacia los sectores excluidos, sólo incrementará esta brecha de inequidad.
Finalmente, tampoco existe información suficiente sobre el impacto fiscal de la medida y las fuentes de financiamiento para hacerla sostenible en el tiempo.
En suma, este será un proyecto que requerirá de un exhaustivo trabajo legislativo para resolver estas importantes interrogantes.